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Seguros de protección de pagos
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Escrito por Administrator
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09-05-2005
El seguro de protección de pagos proporciona la cantidad equivalente a la cuota mensual de la hipoteca o del préstamo, en caso de baja laboral por enfermedad, accidente o desempleo.
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Se trata de un servicio que debemos conocer si estamos pagando algún tipo de préstamo o crédito. Sin embargo, como siempre, antes de contratar un seguro de protección de pagos es necesario conocer algunos aspectos:
1- Son especialmente recomendables para trabajadores por cuenta propia, pues, normalmente, el hecho de estar de baja conlleva la desaparición de ingresos durante un determinado período.
2- Si deseamos contratar una hipoteca y un seguro de protección de pagos, es aconsejable interesarse por la oferta de ambos servicios. Es decir, por un lado la hipoteca y sus condiciones y, por otro, el seguro de cobertura de la misma.
3- La principal diferencia con los seguros de accidentes y de vida tradicionales se basa en que los de cobertura de la hipoteca protegen en caso de paro e incapacidad laboral transitoria. Los otros no.
4- Se suelen asegurar únicamente aquellos titulares de la hipoteca que generan ingresos, pues cubrir a los que no aportan es un gasto innecesario.
5- El coste suele pagarse en una prima única anticipada para toda la duración del seguro. Generalmente, se encuentra entre el 1% y el 1,5% del importe del préstamo asegurado.
6- En cuanto al periodo de vigencia, se sitúa entre los 2 y 5 años.
7- Es interesante realizar el seguro en empresas que, pasado el periodo contratado, nos ofrezcan la posibilidad de renovar. La renovación supondrá el pago de una nueva prima.
8- En cuanto a los requisitos necesarios para su concesión, es probable que nos exijan ser autónomos o empleados con contrato indefinido. Por otra parte, pocas veces nos piden una revisión médica.
9- Algunas entidades financieras ofrecen seguros de protección de pagos en las tarjetas de crédito. Su función es cubrir las deudas que se pudieran haber contraído con ellas por el saldo utilizado en compras.
10- Este servicio, a través de las tarjetas, también cubre, en caso de paro, lo dispuesto hasta un límite. Además, nos permite gastar, durante unos meses posteriores, un importe mensual mientras se siga en la misma situación laboral.
Estos seguros están pensados para personas prevenidas que quieran garantizar su solvencia durante periodos de tiempo determinados y ante todo tipo de imprevistos. |
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